Que los patinetes son los protagonistas, desde hace unos años, del tráfico barcelonés, no es ningún misterio. El paso rápido y silencioso por aceras y calzadas de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) ha asustado a más de uno y ya es más que habitual comvivir con los patinetes eléctricos en nuestro día a día, tanto como oír las quejas de los vecinos que conviven con ellos y las periódicas peticiones de regulaciones específicas para estos transportes.
Ahora esta regulación ha llegado. A partir del 1 de febrero, Barcelona implementará una nueva Ordenanza de circulación que impondrá multas de hasta 500 euros a los usuarios de patinetes eléctricos y bicicletas que incumplan las normas. Esta medida busca mejorar la seguridad vial y la convivencia en las calles de la ciudad.
Hasta 500 euros de multa por circular por la acera
Barcelona se ha puesto las pilas con el tema, y ha preparado una batería de medidas y sanciones para regular la circulación de estos vehículos. Las principales normas son las siguientes.
- Prohibida la circulación en aceras: La nueva normativa prohíbe la circulación de patinetes por las aceras en cualquier circunstancia, estableciendo una multa de 500 euros para quienes incumplan esta norma. Un estudio reciente del RACC revela que, actualmente, tres de cada cuatro usuarios de patinete circulan por la acera, lo que subraya la necesidad de esta medida.
- Las bicicletas también tendrán restringido el acceso a las aceras, con algunas excepciones: Menores de 12 años acompañados por un adulto y menores de 14 años o adultos que transporten a menores en sillitas en calles sin carril bici.
- Uso obligatorio del casco: Los conductores de patinetes eléctricos deberán llevar casco, con multas de 100 euros por incumplimiento.
- Límites de velocidad: 25 km/h en general y 10 km/h en carriles bici sobre acera. Superar esta velocidad también conllevará una multa de 500 euros.
- Circulación: Los patinetes eléctricos podrán circular por carriles bici y por calzadas de calles de la red secundaria, donde la velocidad máxima permitida es de 30 kilómetros por hora. Se prohíbe su circulación por calles de la red básica, con límites de velocidad de 50 kilómetros por hora. En las calles peatonales, si bien no se prohíbe la circulación de bicicletas y patinetes (ya que también circulan vehículos de residentes, taxis y vehículos de reparto en horarios específicos), se obliga a los usuarios a desmontar y continuar a pie “en situaciones de aglomeración de peatones
- Estacionamiento: La nueva ordenanza también regula el estacionamiento de estos vehículos, prohibiendo atarlos a árboles, semáforos, bancos, contenedores o cualquier otro elemento del mobiliario urbano.
Estacionamiento de motos
La nueva ordenanza también aborda el complejo tema del aparcamiento de motocicletas en las aceras. Se prioriza el estacionamiento en calzada y se recuerda la prohibición de aparcar en aceras de menos de tres metros de ancho, con una sanción de 50 euros. Como novedad, se prohíbe el estacionamiento de motos en las aceras de acceso a centros escolares y hospitales, con una multa de 500 euros.