
El Bono Alquiler Joven 2025, o Bo Lloger, ya se puede solicitar la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya. Mes a mes y hasta diciembre de 2026, esta ayuda estatal financiará con 250 euros la cuantía mensual del alquiler a aquellos solicitantes que cumplan los requisitos.
Según la resolución oficial TER/1373/2025 de la Generalitat publicada este lunes, los requisitos para solicitar el Bo Lloguer Jove en Catalunya son los siguientes:
Recuerda que este año las solicitudes se tramitarán por orden de llegada hasta agotar los fondos. El plazo para solicitar el Bono Alquiler Joven está abierto hasta el próximo viernes 23 de mayo.
Requisitos Bono Alquiler Joven Catalunya 2025
Requisitos personales
- Tener 35 años o menos.
- Residir legalmente en Cataluña.
- Estar empadronado en la vivienda o habitación por la que se solicita la ayuda.
- No tener ninguna mensualidad de alquiler pendiente en el momento de solicitar la ayuda.
- Cumplir todas las obligaciones legales para poder recibir una subvención pública.
Requisitos de ingresos
- Tener ingresos regulares que no superen los 25.200 € anuales (referidos al ejercicio 2023, 2024 o 2025).
- Si en la misma vivienda conviven varias personas jóvenes titulares del contrato de alquiler o cesión, que solicitan la ayuda de forma individual, se valorarán los ingresos de cada solicitante por separado.
- Si solo una persona presenta la solicitud pero convive con otras personas en la vivienda, se tendrán en cuenta los ingresos del resto de convivientes, estén o no en el contrato.
- En caso de alquiler de una habitación, solo se tendrán en cuenta los ingresos del solicitante, no del resto de personas con las que conviva.
Requisitos del contrato de alquiler o cesión de uso
- El contrato debe estar a nombre del solicitante.
- Debe tratarse de una vivienda o habitación que sea su domicilio habitual y permanente.
- En caso de habitación:
- El contrato debe estar formalizado por escrito.
- Debe incluir: identificación de las partes, precio y duración del contrato.
- Si quien alquila la habitación es el inquilino principal de la vivienda, debe constar el consentimiento escrito del propietario.
- Si el solicitante aún no ha firmado el contrato, pero está en condiciones de hacerlo, deberá formalizarlo en un máximo de 2 meses desde la notificación de concesión de la ayuda.
- El precio del alquiler no puede superar los siguientes importes mensuales, según zona:
Zona | Vivienda | Habitación |
---|---|---|
Área metropolitana de Barcelona | 900 € | 450 € |
Resto de la provincia de Barcelona | 650 € | 350 € |
Provincia de Girona | 750 € | 400 € |
Provincia de Tarragona | 700 € | 350 € |
Provincia de Lleida | 600 € | 300 € |
Terres del Ebre | 600 € | 300 € |
Requisitos de los recibos de alquiler
- Deben ser correspondientes al año 2025.
- Todos los recibos deben estar pagados.
- El pago debe haberse realizado por:
- Transferencia bancaria
- Recibo domiciliado
- Ingreso en cuenta
- Bizum
- Recibo emitido por el administrador de la finca
- El recibo debe incluir: Nombre del inquilino, Nombre del propietario (u otro arrendador), Concepto del pago, Importe de la mensualidad, Mes correspondiente al pago,
Próximamente, la Generalitat de Catalunya publicará las bases de nuevas ayudas al alquiler de caracter autonómico que oscilarán entre los 20 y los 250 euros mensuales para aquellas personas que no hayan podido acceder a este Bono Alquiler Joven.