«Se alquila piso en Barcelona por un periodo máximo de 11 meses«. Esta frase,que ha llegado a copar el 90% de los anuncios inmobiliarios de alquiler en Barcelona, tiene los días contados. El nuevo Decreto Ley aprobado por el Govern este miércoles 24 de abril entrará a regular precisamente este tipo de anuncios, que con la ley de vivienda en la mano, estaban exentos de tener que aplicar el índice de referencia de precios al alquiler vigente desde marzo en Catalunya.
El nuevo decreto modifica varios artículos de la Ley Catalana del Derecho a la Vivienda (18/2007), especificando que los alquileres de temporada (para fines de ocio, vacaciones, recreativos o culturales) se consideran usos distintos al de vivienda habitual y, por lo tanto, no están sujetos a la contención de rentas.
En el resto de casos, se deberá aplicar el índice de precios al alquiler, siempre que el piso se alquile para fines profesionales, laborales, de estudios, atención médica, o similares, aunque sea de duración temporal. El nuevo decreto considera que estos usos son compatibles con la necesidad de vivienda permanente y el alquiler deberá estar topado.
El nuevo gobierno rechaza la ley (actualización)
El pasado 23 de mayo, la Diputación Permanente del Parlament de Catalunya rechazó convalidar este decreto, con los votos en contra de Junts y la abstención del PSC, que permitieron rechazar este decreto y, por tanto, que no entrara en vigor.
Los anuncios deberán especificar el precio de referencia
¿Cómo se regularán los usos? El decreto establece la obligación de especificar en todos los contratos de arrendamiento la causa o finalidad del mismo. De no especificarse, se considerará como vivienda permanente.
Pero la norma va más allá incluso: a partir de ahora, los anuncios deberán especificar el precio de referencia del alquiler, la renta del último contrato y si el propietario es un gran tenedor.
De no hacerlo, los anunciantes se expondrán a sanciones, que también se aplicarán en el caso de repercutir al arrendatario gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato, por ejemplo.
Estas multas podrán considerar leves, graves o muy graves, con cuantías que van desde los 3.000 a los 900.000 euros en función de la gravedad del caso.
También se aplicará al alquiler de habitaciones
Según la nueva norma, tampoco se podrá alterar el precio de alquiler troceando la vivienda en anuncios individuales de habitaciones. En ese caso, la suma de las rentas de los contratos de arrendamiento de habitaciones en un mismo inmueble no podrá exceder la renta máxima aplicable si el inmueble se alquilase como una unidad y se encuentra en zona tensionada.
Otro objetivo: ampliar el parque público de vivienda
De cara a ampliar el parque público de vivienda, el decreto fortalece la capacidad de la Generalitat para aumentar el parque público de alquiler mediante el derecho preferente de compra de viviendas en zonas de mercado residencial tensionado si estas se encuentran a la venta y a nombre de grandes tenedores y personas jurídicas, o en casos de ejecución hipotecaria.
También se aprueba la reducción del porcentaje de disponibilidad de los recursos de las fianzas de 10% a 5% por parte del Institut Català del Sòl (Incasòl) para que pueda tener más efectivo disponible para adquisiciones y otras operaciones.
Desde el pasado mes de marzo, Catalunya cuenta con un índice de referencia de precios al alquiler que limita legalmente la renta máxima que se puede pagar en los 271 municipios declarados como zona tensionada, siempre y cuando se cumplan unos determinados supuestos (que el propietario sea un gran tenedor o que la vivienda no se haya anunciado en el mercado en los últimos 5 años, por ejemplo).