
Llega la declaración de la Renta más larga de la historia: por primera vez tendrá un día más de lo habitual. Empezará el día 3 de abril y finalizará el 1 de julio. Vamos, el día de cortesía para los contribuyentes despistados.
A pesar de esto, hay temas que no cambian. Por ejemplo los trabajadores están exentos de presentar declaración si sus ingresos brutos son de menos de 22.000 euros y tienen un solo pagador. En cambio, cuando hay dos o más pagadores el tope sube a 15.000 € brutos (1.000€ más que en el ejercicio pasado).
Una buena noticia para las familias, especialmente para las madres, es que tendremos derecho a una ayuda de 100€ mensuales, hasta 1.200€ anuales, por cada hijo menor de tres años, tanto si trabajamos como si se cobra prestación de paro.
Deducción de 1.200€ para las madres
Hasta ahora solo las madres que trabajan de forma remunerada podían recibir automáticamente esta deducción por maternidad, de 100€ mensuales o bien 1.200€ anuales, algo que no necesariamente te saca de pobre en comparación con lo que gastan los críos.
También pueden aplicar esta deducción las parejas de progenitores hombres con hijos adoptados o los padres y tutores en caso de traspaso de la madre o custodia exclusiva del hijo. Eso sí, si se cobra el complemento de ayuda a la infancia del ingreso mínimo vital no se podran cobrar estos 1.200€. O una cosa o la otra.
Cambios en las autónomas
Se vienen cambios importantes en el caso de las trabajadoras autónomas: hasta ahora muchas mujeres, después de ser madres, se metían a autónomas para poder conciliar y en consecuencia quedaban exentas de declarar en función de los ingresos anuales. Ahora, ya no será más así porque todos los autónomos tendrán que presentar declaración sí o sí.
¿La parte positiva? Si trabajas desde casa podrás deducirte el 30% de los gastos de suministro que estén relacionadas con tu actividad laboral. Además se eleva hasta el 7% los gastos de difícil justificación hasta llegar a los 2.000€.