Bicicletas, patinetes y otros vehículos tienen prohibido circular por la acera. Pero además, en caso de hacerlo y atropellar a algún viandante, el infractor podría incurrir en un delito de imprudencia grave en caso de que le causara alguna lesión o muerte a la víctima. Estos delitos pueden llegar a penarse con cárcel.
El fiscal de sala coordinador de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas Cabrera, asegura que ya ha habido sentencias penales por imprudencias de este tipo. Primero llegaría la multa por parte de la Policía Local; luego, en caso de lesión o muerte, el accidente sería reconducido por la vía de lo penal.
La Fiscalía recuerda que las bicicletas, patinetes y otros vehículos no pueden circular por la acera en ningún caso y que, de hacerlo y atropellar a un peatón, pueden llegar a incurrir en un delito de imprudencia grave si provocan alguna lesión o muerte, castigado con penas de cárcel.
Esta imprudencia grave, penada con entre uno y cuatro años de prisión en caso de una muerte, serían entre tres meses y tres años de prisión si se provocase solo una lesión no mortal.
Vargas ha recordado que tanto bicicletas como patinetes deben circular por las áreas señalizadas para tal efecto o, en caso de no haberlas, deben circular por la calzada. Si el carril bici que se extiende por la acera se acaba, los usuarios de bicis y patinetes están obligados a continuar su ruta por la calzada.