La ordenanza del Ajuntament de Barcelona respecto al establecimiento de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) ha quedado anulada después de que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya aceptase el recurso presentado. Fueron diez asociaciones las que solicitaron la impugnación de la medida, calificando de desproporcionadas las restricciones que abarca. Algunos de los colectivos que han participado en los seis recursos estimados son la Plataforma d’Afectats per les Restriccions Circulatòries, la Federació Empresarial Catalana d’Autotransport y el Gremi Provincial de Tallers de Reparació i Manteniment d’Automòbils.
No obstante, dado que ninguno de los demandantes pidió su anulación inmediata, estas se mantendrán en vigor hasta que se emita una resolución definitiva del asunto. Para ello, la sala de lo contencioso queda a la espera de recibir el recurso del Ayuntamiento. La conocida como ZBE está vigente desde el 1 de enero de 2020, tras la aprobación de su ordenanza el 31 de diciembre de 2019. A través de ella se limitó la entrada a Barcelona para los vehículos considerados más contaminantes, cuya circulación se redujo a la mitad, posibilitando el acceso exclusivamente a aquellos que cuentan con la etiqueta B.
La decisión del tribunal
La sala Contenciosa anul·la l'ordenança de #ZBE de @bcn_ajuntament per manca d'informes que avalin algunes restriccions, excés de l'àmbit geogràfic d'implantació i massa restricció del tipus de vehicles afectats, entre altres motius. Estima així sis recursos de 10 col·lectius.
— TSJCat (@tsj_cat) March 21, 2022
La decisión del tribunal, si bien no cuestiona la necesidad de adoptar medidas para la mejora de la calidad del aire, ha estado condicionada por la proporcionalidad de las restricciones adoptadas. Este ha señalado una carencia en la actualización de datos de contaminación que avalen las limitaciones. Otro de los factores condicionantes ha sido el efecto de las restricciones en ciertos colectivos vulnerables, aquellos que no tienen la capacidad económica para cambiar su vehículo sin distintivo ambiental por uno que sí les permita circular por Barcelona.
Finalmente, la sala ha tenido en cuenta también la limitación geográfica de la medida, cuya aplicación es general y uniforme. Considera, por lo tanto, que las restricciones deberían depender de los episodios de alta contaminación y de los niveles por distritos. Por ejemplo, señala que, mientras que en zonas como el Eixample y Gràcia se exceden los valores de contaminación marcados por la Unión Europea, el resto se sitúan por debajo.