
Desde hace años, en España está permitido hacer toples en la playa y cada vez es una práctica más común. Sin embargo, cuando se trata de piscinas municipales, la cosa no está tan clara, ya que, hasta ahora, algunas de ellas prohibían el toples, el bañador integral (conocido popularmente como burkini) u otras opciones de ropa de baño fuera de lo habitual.
La Generalitat considera que se trata de una medida discriminatoria, ya que incumple el artículo 1 de la ley 19/2020 del 30 de diciembre de igualdad de tratamiento y no-discriminación, y ha enviado una carta a todos los municipios dónde insta a levantar estos vetos y recuerda que no se pueden prohibir estas prácticas.
Esta normativa quiere impedir que el verano sea un momento difícil para aquellos colectivos o personas con opciones de ropa de baño distintos a la norma habitual.
Mujeres y trans, lxs grandes afectadxs
Quienes se han visto afectadas por estas normativas discriminatorias han sido sobre todo mujeres y personas trans.
Por eso, la nueva medida, impulsada por el Departament d’Igualtat i Feminismes, no sólo beneficiará a aquellas mujeres que prefieran estar sin parte de arriba del bikini, sino también a todas aquellas personas trans y no binaries que hasta ahora se sentían excluidxs de las piscinas públicas por distintas razones, como por ejemplo, haber decidido no operarse el pecho.
La carta también recuerda que no se puede vetar el traje de baño integral, utilizado por mujeres de comunidades religiosas como la judía ortodoxa o la musulmana, que en algunos lugares continuaba siendo motivo de polémica y prohibición.
Se trata de una reivindicación que colectivos, como «Mugrons Lliures», llevan años exigiendo. De esta manera, el acceso a las piscinas será más fácil para aquellas personas que decidan no seguir la dicotomía bañador de hombre-bikini de mujer, y puedan utilizar las prendas con las que se sientan más comodxs.